pagar plusvalia municipal


¿Qué es la Plusvalía Municipal?




La Plusvalía Municipal es un impuesto municipal sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Este impuesto fija una revalorización teórica del inmueble, partiendo del valor catastral y en función de los años transcurridos entre la compra y la venta del piso o inmueble. 
Al final, la plusvalía es el beneficio obtenido como resultado de una diferencia positiva entre el precio al que se compró un bien y el precio de su venta.


¿Cuándo hay que pagar la Plusvalía Municipal?

La plusvalía se paga cuando se vende o dona un inmueble.
Se debe pagar dentro de los primeros 30 días laborales desde el cambio de propietario. En el caso de herencias el plazo se amplía a seis meses a partir del día del fallecimiento, con la posible prórroga a un año, mediante la pertinente solicitud por escrito antes del vencimiento del primer período.

¿Cómo se calcula la Plusvalía Municipal?


El cálculo de la base imponible de este impuesto depende de cada ayuntamiento por lo que no se puede generalizar, pero por lo general, nunca podría superar el 30% de las plusvalías generadas en un plazo máximo de 20 años. Es aconsejable preguntar en el ayuntamiento correspondiente.












¿Quién paga la Plusvalía Municipal?
  • Cuando se vende un inmueble: El vendedor paga la plusvalía.
  • Cuando se dona un inmueble: El receptor paga la plusvalía.
  • Cuando se hereda un inmueble: Los herederos pagan la plusvalía.


Sentencia del Tribunal Constitucional




















Hasta hace poco, el impuesto se aplicaba tanto si existía o no un beneficio. En otras épocas, cuando la mayoría de las ventas generaban plusvalías, era lógico, pero no a día de hoy, cuando la mayoría de ciudadanos que venden un inmueble lo hacen a un precio inferior al que lo compraron. 

Es por ello que cada vez ha habido más sentencias que han anulado las liquidaciones en las que un ayuntamiento ha exigido el impuesto de plusvalía en una operación que ha generado pérdidas. 
Estas sentencias, más la del Tribunal Constitucional sobre la plusvalía, podría beneficiar a un gran número de vendedores. 

¿Cómo reclamar el impuesto de la Plusvalía?

Los requisitos son:
  • Que por la transmisión que dio lugar al impuesto no se obtuvo ninguna ganancia, o se produjeron pérdidas.
  • Que no haya transcurrido el plazo de 4 años desde que se hizo el pago del impuesto.
  • Que la liquidación practicada por el impuesto no sea definitiva.

Si necesitan ampliar información, no duden en contactar con nosotros:

CONTACTO

Comentarios